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lunes, 12 de septiembre de 2016

Seis principios operacionales de la litigación oral

Una de las herramientas más importantes que se aplica en la litigación oral es la psicología de la persuasión del juez, cuestión abordada generalmente en el sistema anglosajón; no obstante, ello no significa que esta herramienta no pueda ser trasladada al sistema roma-germánico. Así las cosas, compartirmos con ustedes estos seis (6) principios operacionales de la litigación oral, precisamente en lo que atañe a la integración de datos sociológicos.
La síntesis que vamos a exponer ha sido extraída de la obra titulada Estudios de Técnicas de Litigación de Thomas A. Mauet[1], profesor de evidencia, litigación prejudicial y litigación judicial en la Universidad de Arizona, EE. UU., quien se ha desempeñado como abogado litigante durante diez años.

1. Prepararse desde el punto de vista del juzgador
“El abogado debe anticipar cómo el caso y cada una de las partes que lo compone serán recibidos por el jurado”[2]. Es lo que, coloquialmente, suele ser llamado la actividad de aventajar a la parte contraria. Aunque exista experiencia en el litigio, los abogados deben modificar, de forma positiva, sus acciones para formar una suerte de empatía exteriorizada hacia el jurado.
Por ello es que el profesor Mauet apunta que “no existe nada que reemplace la experiencia de la visualización de la selección del jurado en varios casos en la jurisdicción donde ustedes someten a juicio el caso, y de ser posible, con el mismo juez de proceso”[4].“El abogado litigante debe ser capaz de pensar como un miembro del jurado, y no esperar que el jurado piense como un abogado”[3]. Más allá de verificar los perfiles de los integrantes del jurado, el abogado tiene que ejecutar una estrategia de lineamiento que le permita proyectarse, con cierta ventaja, en su exposición de los acontecimientos fácticos y jurídicos.

2. Desarrollar una teoría del caso
“El abogado también debe tener una breve descripción de su caso, creada antes del inicio del proceso”[5]. De cierta manera, la teoría del caso sirve como una guía manejable para la tarea del Abogado, llámese ésta: la exposición de argumentos favorables para el patrocinado.
Muchas veces, aquellas estructuras de teorías carecen de fundamentos fiables y congruentes, no sirviendo, por tanto, para la correcta relación en determinados fenómenos facticos y jurídicos, razón por la cual es que “la teoría del abogado no puede ser construida de una sola pieza. Debe ser consecuente con la evidencia indiscutible, una versión razonable de la evidencia discutible, y la ley sustantiva aplicable”[6].
Así pues, “la teoría del caso también sirve como punto de referencia por la cual cada ofrecimiento de testigo y de pruebas debería ser regulado: ¿Cómo este testigo o prueba instrumental mejora la teoría del caso?”[7].

3. Seleccionar los temas y las etiquetas
Los abogados litigantes deben escoger alguna marca, rótulo, inscripción, precinto o sello en la presentación de sus argumentos, ya que “éstos son los sobrenombres lingüísticos por los cuales la emoción y la lógica de su teoría son expresadas”[8].
“Las solas palabras como amor, odio, confianza, honor, deber, responsabilidad, lujuria, sed de poder y venganza proporcionan explicaciones vividas y poderosas del comportamiento humano”[9] que, en cierta medida, persuade a los miembros del jurado y al mismo juez.
En ese sentido, el profesor Mauet infiere que “las etiquetas  con los clichés para describir a la gente, los acontecimientos, y las cosas implicadas en el caso”[10]. Sin embargo, se debe considerar, también, que “la opción de una palabra o frase singular debería ser hecha con la apreciación de que la otra parte podría convertirla en una espada si los hechos no lo respaldan”[11]. De ahí que el citado profesor sostenga anote: “siempre consideren si la otra parte será capaz de usar sus temas y etiquetas contra usted”[12].


4. Enfocarse en la gente
“Durante los procesos, ellos quieren oír sobre la gente, no los problemas legales”[13]. Es lógico pensar que los jurados, al ser legos en temas jurídicos, se encuentran en situaciones adversas para comprender, de forma idónea, los acontecimientos judiciales que se exponen. Si bien los jurados no son tomados en cuenta en el sistema romano-germano; sin embargo, se puede contrastar con la simplicidad estricta[14] que los litigantes argumenten en alguna audiencia (V.gr.: en la audiencia de prisión preventiva, donde te dan pocos minutos para sustentar si existe, o no, el periculum in mora o el fumus comissi delicti).
“Los miembros del jurado necesitan información sobre cada testigo, de modo que ellos se sientan cómodos aceptando el testimonio del testigo y las pruebas instrumentales”[15]. Aunque aquella actividad es poco razonable porque la información anticipada, de una o cierta manera, genera prejuicios y estereotipos, el Abogado litigante debe amoldar, en beneficio, la información de los testigos para que el jurado favorezca, si se puede llamar así, en la decisión que el Abogado busque.

5. Usar técnicas de narración
Como sostiene el profesor Mauet, “la narración es el modo en que la gente se ha comunicado el uno con el otro desde el principio del tiempo. La historia oral precede mucho tiempo al lenguaje escrito”[16]. Por eso que, reiteradamente, anota que “las buenas historias organizan, humanizan, y dramatizan. Ellas tienen argumento, personajes, y emoción”[17].
No nos dejaran mentir que, muchas veces, los abogados son muy estrictos en sus exposiciones (parametrados extremistas y de poca capacidad retórica[18]), por eso es que ejercen actividades de niveles no aceptables ante el juez o el jurado. Más allá que no cuenten con la fluidez léxica que se gana a base de práctica comunicacional y de la lectura[19], éstos deben narrar de forma contundente y, sobre todo, razonable (como se diría coloquialmente, no deben ser floreros). De allí que el citado profesor arguya que “la narración efectiva es la base para la mayor parte de lo que ocurre durante un proceso”[20].
Por lo expuesto, Mauet arguye que “los buenos abogados litigantes invariablemente cuentan buenas historias, y ellos reconocen que el relato de la historia es casi tan importante como la historia en sí”[21].

6. Enfocarse en la clave de los hechos y las cuestiones disputadas
“Los abogados litigantes tienen que entender lo que está en disputa y lo que no lo está, enfocarse en los hechos disputados, y francamente tratar con la evidencia tanto favorable como desfavorables”[22], esto es, estar preparado para toda clase de argumento.
Por ello lo recomendable es cuestionarse: “¿Cómo pueden ustedes resaltar los hechos, o el testimonio o las pruebas instrumentales más favorables? ¿Cómo pueden ustedes hacer esos hechos vividos, realistas, y visuales? ¿Cómo pueden ustedes repetir sus hechos más favorables de modo que mantengan el interés de cada miembro del jurado?”[23].
En buena cuenta, “un abogado inexperto por lo general pasa demasiado tiempo elaborando hechos indiscutibles. Él aburre al jurado, y el aburrimiento es la antítesis de la persuasión. Un abogado con experiencia pasa mucho tiempo encontrando a testigos y pruebas instrumentales que apoyen su versión de hechos disputados y preparando a sus testigos y pruebas instrumentales suficientemente de modo que ellos trasmitan la versión de los hechos del abogado en una manera dinámica, confidente, detallada y vivida”[24].

[1] Que no exista duda que lo aportes del mencionado profesor servirá de mucho en la enseñanza de la litigación.
[2] MAUET, Thomas A. (2007). Estudios de Técnicas de Litigación. Traducción de Karen Ventura Saavedra. Anotaciones y estudio final a cargo de Luis Reyna Alfaro. Lima: Jurista editores. Pág. 60.
[3] Ibídem. Pág. 60.
[4] Ibíd. Pág. 60.
[5] Ibíd. Pág. 61.
[6] Ibíd. Pág. 61.
[7] Ibíd. Pág. 61.
[8] Ibíd. Pág. 62.
[9] Ibíd. Pág. 62.
[10] Ibíd. Pág. 62.
[11] Ibíd. Pág. 63.
[12] Ibíd. Pág. 63.
[13] Ibíd. Pág. 63.
[14] Ojo: ser sencillo no implica ser poco creíble.
[15] Ibíd. Pág. 63.
[16] Ibíd. Pág. 63.
[17] Ibíd. Pág. 63.
[18] Esto no quiere decir que las personas que tengan algún déficit al hablar no puedan ser estupendos narradores; como también existen estupendos narradores que concretan poco en su exposición (lo recomendable es ser ecléctico).
[19] Lamentablemente, en la actualidad, existen abogados que se conforman con el simple hecho de serlos, se limitan a llevar casos guiándose, solamente, con los códigos y algunas leyes en concreto (abogados tinterillos). No se ocupan de ir más allá y consultar la doctrina, ni mucho menos se animan a pensar en voz alta escribiendo algún articulo o libro.
[20] Ibíd. Pág. 64.
[21] Ibíd. Pág. 64.
[22] Ibíd. Pág. 64.
[23] Ibíd. Pág. 64.
[24] Ibíd. Pág. 65.
Fuente: Legis.pe

viernes, 9 de septiembre de 2016

Si al abogado se le reclama temperamento, del juez se espera moderación

En un tribunal colegiado, esto es, constituido por más de un juez, es inevitable como resultado de su propia naturaleza plural, el surgimiento y hasta la intensificación de desavenencias. Desfilan discordancias que se nutren del carácter o temperamento de las personas que lo conforman, de su educación (en el sentido más amplio del término), de la ideología en la que militan, de sus simpatías políticas, de su discreción o de su afán protagónico y hasta del papel que cada juez asigna a la ley y a la Constitución. El conflicto, elemento inherente a la vida humana y a la índole misma del hombre como animal social, puede alcanzar entonces decibeles de tal magnitud, que se corre el riesgo de escapar al decoro y al sentido de dignidad de la judicatura.
Un festivo manojo de animosas grescas pulula en la liza parlamentaria. El enardecido ánimo de los legisladores peruanos y extranjeros ha suministrado copiosa literatura. La curul, los pasillos, las mesas de comisiones y hasta el plató (que en el Perú se llama set) de televisión sirvieron de surtidor de denuestos, cuando no de ocasional ring de combate. Hasta circunspectos políticos como Luis Alberto Sánchez y Héctor Cornejo Chávez sucumbieron, para festejo de sus parciales, a la tentación del epíteto. En el caso del primero en la maledicencia y, en el segundo en el pintoresco desafío a duelo. Explicable finalmente en el marco de una democracia deliberativa a la peruana.
Pero, si la acalorada polémica alimenta la política congresal, cabe preguntarse si las serenas columnas de la justicia configuran también el asunto en disputa ideal de la reñida pugna e, incluso, de la afrenta. Sobre este punto, recientemente, a propósito de una votación dispar en el Tribunal Constitucional, en el que se discutía la inaplicación de una ley, en vía de amparo, dada la naturaleza retroactiva de una norma tributaria, he encontrado posiciones divididas, radicales unas, matizadas otras. En primera línea un alto burócrata en funciones –con colisión de su elevada investidura– encomiaba, vía Facebook, como “valientes” a las muestras de agravio. Desde una perspectiva opuesta un lúcido columnista de un medio digital, Altavoz, estimaba que las expresiones ofensivas incurrían en una extrema falta de ponderación al tratar los desacuerdos entre los jueces que integran un órgano colegiado.
Hechas las satisfacciones que correspondían quedó el asunto como parte del anecdotario judicial.
Naturalmente, la formación de convicción en un juez unipersonal no es la misma que la que se requiere en un tribunal colegiado. En el primer caso, se trata de un único razonamiento jurídico válido: el suyo. Es probable que no se encuentre exento de dudas y contradicciones. Muy distinta es la labor de un juez que forma parte de un órgano corporativo. En verdad, el trabajo constituye todo un esfuerzo, un auténtico itinerario de adaptación, de asimilación, de aprendizaje. El magistrado comparte la labor resolutoria con sus colegas requiere, para la formación de su convicción, un diálogo, un debate donde lo jurídico debe ser el centro mismo de la discusión. El litigante espera de los jueces un razonamiento jurídico que resuelva la controversia que plantea. En ese sentido, la sentencia que el tribunal emita debe contener los argumentos jurídicos que resuelvan la controversia. Para llegar a la resolución jurídica, un colegiado ha discutido todos los aspectos puestos en el tapete. Como toda toma de decisión colectiva, esta podría no ser de gusto de uno de los miembros. De allí que exista la posibilidad de emitir un fundamento de voto donde se expresen las razones jurídicas de su postura. Para eso existen precisamente y en ese ámbito deben quedarse.El desenvolvimiento de las relaciones sociales consiste en una suerte de sístole y diástole entre armonía y trance. Los centros de estudio, el lugar de trabajo, el foro, el parlamento y las propias cortes suelen convertirse –y hasta cierto punto lo son, unos escenarios más que otros– en ágoras o foros de disputa. La discusión, el debate, representan hasta cierto punto la esencia de la condición de un letrado, heredero de una escolástica en la que el cultivo de las diferencias es un canon. El duelo medieval de origen germánico que enfrentaba a dos caballeros o a los campeones que los representaban se ha trastocado en un encuentro verbal: la igualdad de armas debidamente medidas o tasadas en un sangriento torneo acabó por transformarse en una batalla verbal. La dialéctica, la oratoria y la retórica se reservaban una finalidad esencial: vencer al adversario. El proceso lleva, pues, la impronta de la contienda. ¡Hasta se hace chanza del procedimiento no contencioso! Jueces y abogados y, recientemente, también los fiscales, lo saben. La labor de un magistrado implica, desde el primer instante que asoman ante sí, la existencia de conflictos jurídicos que tendrá que resolver. La emisión de la sentencia, al menos eso se espera, es la resolución del conflicto y el fallo que contiene es el mandato que, en virtud a una jurisdicción predeterminada, debe ser respetado y cumplido. En la cultura popular la idea del proceso como una gravosa carga, tanto económica como emotiva, se amplifica en la severidad del aforismo castellano y sus consecuencias: “¡Tengas pleitos y los venzas!”.Hasta el simbólico aspaviento andino de sostener durante años una causa judicial: ¡Tú tienes un abogado, yo tengo dos!, nos encarrila a la apasionada energía del proceso.
Es natural que se rechace aquello que consideramos injusto. Quien escribe estas líneas y, seguramente, cualquier ciudadano, abogado o juez, labore o no en un tribunal colegiado, ha pasado por esa experiencia. En verdad, muchas veces sesgada. La prensa, quizás el mayor poder fáctico del siglo XXI, suministra cotidianamente, para bien o para mal y, según el prisma apropiado, un caudaloso contingente de información sublevante: delincuentes que son liberados, políticos cuyos casos son archivados, maridos absueltos después de maltratar a sus parejas, etcétera. El juez, que vive el día a día como cualquier.

Cuando se aprobó, contra viento y marea, el precedente Huatuco, incluso, para procesos de amparo que se encontraban en trámite, me solivianté. Había personas con medidas cautelares y sentencias de primera instancia a favor. Lo expresé así en mi fundamento de voto. Hallaba también tremendamente injusto que se aplicara dicho precedente a los obreros. A mi juicio, el concepto de carrera de administración, la exigencia basada en el mérito y función pública tenían límites.
La divergencia de opiniones debe tomarse como una característica propia de la labor jurisdiccional. No todos los magistrados ostentan la misma formación, experiencia o personalidad y es innegable que en el análisis de un caso existan razonamientos disímiles y hasta contradictorios. Ante ello, la mesura resulta indispensable. La labor colegiada requiere de la actividad dialéctica para el intercambio de opiniones y estas deben emitirse en un ambiente  de respeto. Los agravios personales deben mantenerse alejados del escenario de debate, cuyo ámbito no tiene otra finalidad que generar una convicción jurídica colectiva.
Como bien lo señalaría Max Weber, nos corresponde a quienes ostentamos una investidura pública ser apasionados con nuestra causa, éticos en nuestra responsabilidad y guardar mesura en nuestras actuaciones. Si al abogado se le reclama temperamento, del juez se espera moderación. Si la virtud del defensor es la pasión; la del juez es la serenidad, el sometimiento de la ira, el autocontrol.

Situaciones y hechos extremos

Los conflictos, desgraciadamente, suelen exceder las fronteras en los que deben tratarse y resolverse. En Colombia, hacia el año 2014, dos magistrados de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla y Jorge Pretelt, se enfrascaron en una discusión pública a causa de elección del contralor de la República colombiana. Pinilla afirmó que “en las altas esferas del Poder Judicial también existía una mal llamada mermelada”. El magistrado agraviado, ahora suspendido por otras razones, acusó a Pinilla de burlar el retiro forzoso y de grosero atraso en la administración de justicia. En Cuernavaca, México, en el año 2013, en una sesión pública del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, el juez Miguel Ángel Falcón Vega arremetió a puñetazos a un colega suyo, Rubén Jasso, quien lo acusaba de nepotismo. En Argentina, anecdóticamente, en el año 2015, el presidente del Tribunal Penal de Casación, Federico Domínguez, denunció (una bagatela) por usurpación de autoridad al fiscal general de La Plata, Héctor Vogliolo, por reasignar a favor del Ministerio Público estacionamientos que usaban los jueces de la Corte de Casación para sus vehículos.

El caso más trágico de enfrentamiento judicial ocurría, sin embargo, nada menos que en elPerú. Esto fue el último día del año 1963. Durante una sesión de pleno en la Corte Superior de Apurímac, el vocal Juan Pablo Castro Medina disparó a quemarropa contra dos de sus colegas. Mató a uno, dejó herido a otro. A la vez que gritaba, “el honor no se mancilla” se refugió en el baño y se quitó la vida de un disparo en la sien[1].


[1] RAMOS NÚÑEZ, Carlos. Historia de la Corte Suprema de Justicia del Perú. Tomo I. Lima: Fondo Editorial del Poder Judicial, 2008. p. 441.

Fuente: Legis.pe

lunes, 29 de agosto de 2016

¿Cómo ganarse el respeto de los jueces?

1. Manifieste respeto por el tribunal; esto se refiere no sólo a las palabras que elige, sino también a la manera de enunciarlas. Si usted considera que lo están tratando injustamente, el remedio es la apelación, nunca manifestar su desaprobación siendo descortés.

2. Trate de comprender el punto de vista del juez. Usted, como abogado, debe estar del lado de su cliente; el juez tiene que evaluar con imparcialidad ambas partes. Pregúntese a sí mismo: “¿cómo reaccionaría yo si tuviera que tomar una decisión en este asunto, en vez de alegar por mi causa?”

3. Dele al tribunal toda la ayuda que pueda, dirigiéndole memorandos redactados con claridad y lógica, acomodándose a su orden de trabajo y horario y brindándole ayuda necesaria a su personal. En el ejército, a menudo se dice que un oficial tiene el deber de ser “militar y caballero”. Un abogado litigante tiene el deber ante todos, ante el juez e, incluso ante sí mismo, de ser siempre “abogado y caballero”.

4. Siempre, siempre pero siempre, cuando hable con un juez su palabra debe ser tan valiosa como oro sólido. Los tribunales no podrían funcionar en absoluto si no pudiesen confiar en la veracidad de los abogados. Cuando usted declara algo ante un juez, considere que está bajo juramento. Los abogados que supieron ganarse la confianza de los jueces, por lo general, gozan de un ambiente de trabajo agradable. El abogado que engañó a un juez en una sola ocasión pasará años enteros antes de olvidar aquel incidente.



Con jueces, como con otras personas con quienes usted estará trabajando en la práctica de las leyes, las primeras impresiones son importantes. Cuando usted comienza a presentarse en el foro, no deje de repasar sus notas repetidamente hasta que las tenga aprendidas perfectamente, porque si a usted lo sorprenden fuera de guardia con una pregunta del juez, usted no tendrá ningún dato en qué basarse para dar una respuesta rápida y directa.

Insisto en la palabra directa. A los políticos les gusta esquivar las preguntas directas y convierten lo que debía ser una respuesta en un discurso. Esto no funciona en el tribunal. A los jueces les exaspera batallar con un abogado para sacarle una respuesta a una simple pregunta. Si no comprende a dónde quiere llegar el juez, pídale entonces que aclare el punto; no trate de “soslayarlo”. Los abogados que tratan de eludir astutamente las preguntas de un juez instructor, no están acumulando puntos en materia de respeto.

A la mayor parte de los jueces les simpatizan los abogados litigantes jóvenes y tratan de ayudarlos, con tal de que hayan cumplido con su trabajo. Acepte de buena gana tal ayuda, y agradézcala, pero sin exageración. Una leve inclinación de la cabeza y una sonrisa bastan para comunicar su agradecimiento por un trato justo por parte del estrado, sin que sea necesario explayarse en un discurso de agradecimiento.

Fuente: Legis.pe
http://legis.pe/

Un abogado sin temperamento está perdido

Una escena que salta a mi memoria de mis épocas de estudiante de Derecho, cuando adopté la costumbre de asistir por las tardes a las audiencias públicas que se celebraban en los (entonces así se llamaban) tribunales correccionales de la Corte Superior de Arequipa, en su antigua ubicación de la calle San Francisco en el centro mismo de la ciudad mistiana, consiste en la severidad del interrogatorio que llevaban a cabo los vocales superiores y el fiscal superior a los acusados en una de las etapas del juicio oral.
La verdad que, en ocasiones, los magistrados hasta abrumaban con duros adjetivos a los procesados, por lo general, gente muy humilde, a una distancia astronómica, en condición social y quién sabe si en cultura o en calidad de vida, de los jueces que interrogaban. Muchos abogados simplemente callaban y exhibían una odiosa resignación, una suerte de derrota moral y profesional, frente a los excesos de los jueces. Pero otros, creo que los pocos, recuerdo entre ellos al doctor Sergio Nieves Núñez, gran penalista puneño, amigo de mi padre y notable profesor de la Universidad Nacional de San Agustín, o al criminalista Eduardo Cáceres Bedoya, uno de mis profesores de Derecho penal en la Universidad Católica de Santa María, que, no daban su brazo a torcer y con talento y pasión (al parecer necesarias ambas en dichas circunstancias) patrocinaban a sus asustadizos clientes.


Esa energía, respetuosa pero firme, también se requiere ante la administración pública o ante la policía. Define el carácter del abogado. Un abogado sin temperamento está perdido. No me lo imagino como letrado defensor, quizás sí como abogado de bufete o asesor de consultas. Prevalece, en esos casos, una suerte de psicología popular, como un juego o una competencia de pulso. El Derecho hace las veces de un ring o de un campo de combate.
A propósito del carácter del abogado, en Los detectives salvajes, la hermosa novela experimental de Roberto Bolaño, un defensor letrado, Sergio García Fuentes, evita que la temible policía mexicana del D.F. se lleve consigo, a raíz de la muerte de Piel Divina, a Julita, hermana de Albertito Moore. Era la diferencia, según relata el personaje Luis Sebastián Rosado, entre la vida y la muerte.
Por: Carlos Ramos Nuñez
Fuente: Legis.pe

Consejos para realizar las prácticas preprofesionales de derecho

Uno de los consejos (creo que ya estoy en edad de darlos, si bien yo mismo no los siga, como suele ocurrir), que no me canso de ofrecer a mis estudiantes, principalmente a los más jóvenes, consiste en la necesidad de que incursionen en las prácticas solo después de la mitad de la carrera: la verdad que cuanto más tarde mejor, así aprovechan la vida universitaria y se consagran enteramente a sus estudios y la lectura en bibliotecas.

No obstante, el estudiante de Derecho no solo es un archipiélago (que no es un animal como cree una guapa y obsesionada modelo) de conocimientos, sino que también debe ser un conglomerado de destrezas. Y estas destrezas se adquieren a través de reiterados actos en la práctica. En una profesión como la abogacía, un buen entrenamiento práctico es crucial, no sé si definitorio pero sí obligatorio.

¿Cómo hacer entonces las prácticas? ¿Es conveniente permanecer, por ejemplo, en un solo lugar? No. Por el contrario, el estudiante debe buscar distintos ámbitos o escenarios para desarrollar sus destrezas. Un tiempo en un estudio de abogados, otro en un juzgado, otro lapso en una notaría, quizá en la oficina legal de una empresa.



Otras destrezas a realizar por quien aspira a convertirse en abogado podría ser actuar como colaborador de un profesor universitario o como asistente de un investigador de prestigio. La docencia y la pesquisa científica exigen también, como dicen hoy los manuales de autoayuda, de un training y si es constante, variado y multifacético mejor. Ojo, no necesariamente porque quiera devenir en profesor o en investigador, sino ante todo porque son otras facetas de un buen abogado, de un letrado de prestigio.

El tipo de prácticas también depende de la personalidad, la vocación y, cierto es, hasta las condiciones y posibilidades del estudiante. Lo importante (y esto es plenamente legítimo) es que obtenga un provecho que le será útil en el plano profesional.

Fuente: Legis.pe
http://legis.pe/

¿Qué clase de persona se requiere para ser un abogado litigante?

 ¿Qué tipo de persona se requiere para ser un abogado litigante?

La respuesta es sencilla: los abogados litigantes de altos vuelos son personas excepcionales que poseen todo un acervo de aptitudes específicas, lo cual no quiere decir que hayan nacido con ellas. A parte de un buen cociente intelectual, es muy poco lo que un abogado litigante tiene de hereditario. Las habilidades que son importantes en un tribunal se van labrando, asentando y puliendo. Necesitan práctica, mucha práctica. También se requieren confianza, disciplina y determinación. Si en algún lugar dentro del sistema judicial americano hubiera un buen abogado litigante que no hubiese trabajado duro para llegar a ser lo que es, esto sería un caso insólito e inaudito.

El principal problema con los abogados litigantes es que comienzan bastante tarde; por lo general, lo hacen después de haber egresado de la escuela de derecho. El momento ideal para iniciar el proceso de preparación es durante los años de estudio en la facultad, cuando las personas son más susceptibles de ampliar sus horizontes con gran rapidez.

Los estudiantes a menudo dicen: creo que me gustaría ser abogado litigante, ¿debo especializarme en administración pública, en ciencias políticas, en contabilidad o en administración de empresas? La respuesta es siempre la misma: si quiere ser un buen abogado litigante, aprenda a leer, a hablar en un lenguaje correcto y desde ahora mismo. El lenguaje debe ser su fuerte. Aparte de esto, lo ideal es una amplia cultura con sólidas bases en humanidades y con énfasis en filosofíahistoria y psicología. Hay muy buenas razones para hacer estas recomendaciones.
La capacidad de usar el lenguaje de una manera efectiva es de importancia vital para el abogado litigante. Todas sus aptitudes se manifiestan a través del uso efectivo de la palabra escrita o hablada, y de su capacidad para entender de una sola pasada lo que otros han escrito. El abogado que tiene el pleno dominio del lenguaje aventaja a cualesquier oponentes menos talentosos; ya que su principal herramienta es el idioma de la persuasión. En cuestiones de derecho, la retórica ha sustituido a la espada y, si todos los abogados usaran la primera, obtendrían mejores resultados, gozarían de mayor confianza de parte del público y habrían más personas dispuestas a utilizar los tribunales para resolver sus disputas, en vez de tratar de resolverlas por sí mismas, a menudo, con desastrosas consecuencias.

La filosofía

¿Y la filosofía? Una gran parte de la actividad jurídica es la filosofía, porque los abogados asumen la responsabilidad de lo que ocurra con las personas que tienen problemas. La filosofía no trata tanto de lo que son las cosas, sino de cómo deberían ser. Como dijera el procurador de justicia Robert Kennedy en una ocasión: «Otras personas dicen: “¿Por qué?”; yo digo: “¿Por qué no, lo contrario?”». La filosofía se relaciona directamente en el trabajo de un abogado litigante; él debe tener una filosofía personal que lo guíe en el ejercicio de su inmenso poder, y un buen dominio de los principios de la lógica para presentar argumentos que convenzan a los tribunales a que adopten normas nuevas y establezcan precedentes que reflejen el mismo respeto para la dignidad humana que para la ley.

La historia

¿Y la historia? Según lo aprende todo estudiante de leyes, ya en sus primeras semanas en la facultad, el derecho se enseña por medio de la historia. Antes de graduarse, un estudiante habrá leído cente­nares de casos, cada uno de los cuales refleja cierta decisión de un tribunal de apelaciones sobre alguna cuestión de definición o in­terpretación de la ley. (Téngase presente el juicio de apelación relativo al plazo de entrega, en el cual se decidió que, legalmente, noventa días está dentro del significado de “pronto” en la industria de los cortineros). Al método de enseñanza de las leyes en los Estados Unidos se le llama, muy acertadamente el “del libro de casos”. Cada caso es un ejemplo de historia jurídica.

La psicología

¿Y la psicología? Es el estudio de la conducta humana y esa materia será de interés cotidiano para un abogado litigante, durante toda la vida. Tiene que entender la conducta humana para que pueda predecirla con cierto grado de exactitud, y tendrá que hacerlo con respecto a los jueces/ a los testigos, a los jurados, a los clientes y a las partes en litigio. ¿Cuál será la reacción de cada uno de ellos cuando enfrente algún dilema, algún contratiempo o fracaso? El conocimiento de los principios que rigen la mayor parte de la conducta humana normal, junto con un acervo de experiencias que se irán acumulando a lo largo de toda la carrera de un abogado litigante, son las herramientas indispensables de su oficio. Y si alguien opta por especializarse en el derecho penal, también será esencial que comprenda la conducta humana anormal.
Tal vez el rasgo principal en la personalidad de un buen abogado litigante sea unaconfianza innata en sí mismo, que es muy necesaria para actuar con rapidez y decisión, cuando no hay tiempo para consultar a los demás, ni alguien que le aconseje. En otras palabras, ésta no es una profesión en la cual se pueda “consultar a papá”, o asesorarse con un perito, antes de tomar una decisión.

Fuente: Legis.pe
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